ECONOMIA DA DESIGUALDADE E AS IMUNIDADES INSTITUÍDAS PELASEMENDAS CONSTITUCIONAIS N. 41/2003, 47/2005 E 20/1998 EM FACE DO O PRINCÍPIO DA IGUALDADE TRIBUTÁRIA
DOI:
https://doi.org/10.31501/ealr.v10i2.9117Palabras clave:
handebol, carreira esportiva, performance.Resumen
RESUMO:
A partir de considerações de natureza econômica, baseada na chamada economia da desigualdade, o artigo busca examinar, à luz do princípio constitucional da igualdade tributária, o limite de imunidade instituído pela EC 41/2003, no tocante aos proventos dos inativos do serviço público – RPPS -, em valor absoluto igual ao do regime geral de previdência – RGPS -, de que trata a EC 20/1998 e os reflexos na EC 47/2005, que dobrou o referido limite para os portadores de doença incapacitante. Para tanto, examina-se a natureza tributária contraprestacional da contribuição previdenciária e demonstra-se que a fixação do limite de imunidade em valor absoluto, sem levar em conta as bases de cálculo sobre as quais incidiram as respectivas contribuições, ofende o princípio da igualdade tributária.
PALAVRAS-CHAVE: Desigualdade. Contribuição Social. Imunidade Tributária. Igualdade.
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